Hoy nos hemos desayunado con la noticia que el gobierno de Entre Ríos, cuyo gobernador es Sergio Urribarri, les pedirá a los intendentes de las localidades donde fueron aprobadas ordenanzas prohibiendo el Fracking, que las veten......si leyó bien, que veten las ordenanzas!!! http://www.aimdigital.com.ar/aim/2013/07/05/pediran-a-los-intendentes-que-veten-ordenanzas-que-prohiben-el-fracking/
Ante esto, me tome el atrevmiento de consultar a un profesional que sabe y esta muy bien informado y familiarizado sobre la Constitución de Entre Ríos, mi consulta fue sobre que plazo tienen los intendentes para promulgar o vetar una ordenanza, la respuesta fue categórica y no deja lugar a dudas:
El tiempo para promulgar o vetar las Ordenanzas es "dentro de los ocho días hábiles de que le fuera comunicada", si no la promulga y pasa el tiempo....queda promulgada de hecho...si es vetada...el Concejo puede insistir con 2/3 de votos de todos los Concejales...ART. 107 INC. C) Ley Orgánica Municipal 10027/82 y una vez SANCIONADA la ORDENANZA y que haya entrado en VIGENCIA...el EJECUTIVO tiene OBLIGACION DE CUMPLIR con la Ordenanza, pues así se lo impone el Art. 235 de la Constitución de E.R.
Ante esto, me tome el atrevmiento de consultar a un profesional que sabe y esta muy bien informado y familiarizado sobre la Constitución de Entre Ríos, mi consulta fue sobre que plazo tienen los intendentes para promulgar o vetar una ordenanza, la respuesta fue categórica y no deja lugar a dudas:
El tiempo para promulgar o vetar las Ordenanzas es "dentro de los ocho días hábiles de que le fuera comunicada", si no la promulga y pasa el tiempo....queda promulgada de hecho...si es vetada...el Concejo puede insistir con 2/3 de votos de todos los Concejales...ART. 107 INC. C) Ley Orgánica Municipal 10027/82 y una vez SANCIONADA la ORDENANZA y que haya entrado en VIGENCIA...el EJECUTIVO tiene OBLIGACION DE CUMPLIR con la Ordenanza, pues así se lo impone el Art. 235 de la Constitución de E.R.
Ante esta respuesta me puse a revisar las ordenanzas y las fechas en que fueron aprobadas y en todas los plazos para vetarlas están excedidos o sea la única forma de vetarlas es violando la Constitución de la Provincia de Entre Ríos en su art. 235.
Llegarán a tanto? Podrá la ambición hacerles violar la Carta Magna de Entre Ríos ? Seremos capaces de defender las instituciones y por ende nuestra vidas llegado el momento ? Algún funcionario de la Justicia tomara cartas en el asunto de oficio?
Por como viene el panorama son preguntas sin respuestas aún, pero el tiempo y las acciones de cada uno de nosotros hará posible dichas respuestas a los interrogantes planteados.
En algún momento un concejal de Chajarí, les planteo a algunos integrantes del Foro Waj Mapu que una ordenanza no puede contradecir una ley provincial, lo que debería saber dicho concejal es que:
Una ley provincial no puede ir contra la Constitución Provincial en tanto ésta impone el principio de precaución por sobre cualquier método que quiera utilizarse sobre los bienes naturales y el ambiente y además, el principio receptado de AGUA como DERECHO HUMANO, es decir, que el agua es un bien que está fuera del comercio, ni la provincia ni los particulares son propietarios del agua, es un bien común y derecho inalienable de todos. Esta concepción introducida en la Constitución Provincial en relación al AGUA es superadora de la que cree que existe un dueño y que el dueño puede hacer con ella lo que quiera. Ni siquiera el Estado puede hacer lo que quiera sobre el agua. Este tema está muy bien desarrollado en "El derecho humano al agua potable y al saneamiento - Su recepción constitucional en la región y su vinculación con la protección de las inversiones extranjeras", del Dr. JAVIER ECHAIDE, Doctorado de la UBA, publicado por la Presidencia de la Nación - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Derecho Público - Año 1 Número 2.
Hugo.
Hugo.
Pedirán a los intendentes que veten ordenanzas que prohíben el fracking
Pedirán a los intendentes que veten ordenanzas que prohíben el fracking
El gobierno pedirá a los jefes comunales de las localidades donde se aprobaron ordenanzas que prohíben el fracking que las veten, “porque esas normativas le impiden avanzar jurídicamente para llevar adelante el proyecto de extracción de petróleo o gas mediante la fractura hidráulica”, informó a AIM una fuente del Senado.
Mientras el gobierno provincial mantiene solapadamente la indefinición que puede esconder el propósito de llevar adelante el proyecto de extracción de petróleo o gas mediante la fractura hidráulica, varias ciudades entrerrianas han aprobado normas que prohíben el “fracking” o extracción por medios contaminantes en sus jurisdicciones.
Pero esas normativas en localidades del interior, donde se está dando una lucha sin cuartel contra el propósito oficial de aplicar el método, desechado o prohibido en otros países por su peligrosidad, se interponen en la iniciativa gubernamental de avanzar en la extracción de petróleo mediante fracking, sistema que puede contaminar las napas profundas.
Una fuente del Senado confió a esta Agencia que en una reunión que se realizó ayer en el Cuerpo, de la que participaron legisladores de ambas Cámaras, el secretario de Energía, Raúl Arroyo, y dos técnicos de la empresa YPF, “se habló de la exploración y extracción de petróleo o gas, a través de métodos no convencionales”.
El funcionario confirmó que la presencia de Arroyo y de los técnicos obedeció a una solicitud de la Legislatura: “vinieron a hablar de ese tema a pedido de las dos Cámaras; se los convocó para recibir información técnica”.
En el encuentro se proyectó un Power Point con detalles del sistema que YPF pretende implementar en la provincia. “Los expositores concurrieron a ‘bajar línea’ a los legisladores, ya que quieren evitar que se aprueben más ordenanzas en la provincia prohibiendo el fracking, porque esas normativas impiden al gobierno avanzar jurídicamente en el proyecto en cuestión”.
En concreto, lo que se definió en la reunión es que “se les pedirá a los intendentes que si los Concejos Deliberantes aprueban ordenanzas en las que se prohíbe el fracking en el ejido de las localidades, las veten”.
El dato
Ordenanzas en esa dirección han sido aprobadas ya en varias ciudades entrerrianas, recordando que el método está prohibido en varios países europeos.
Ordenanzas en esa dirección han sido aprobadas ya en varias ciudades entrerrianas, recordando que el método está prohibido en varios países europeos.
Una de las mayores preocupaciones de los ecologistas es que las empresas que tienen la concesión para buscar petróleo, se especializan en la técnica del “fracking”, que consiste en inyectar agua y sustancias químicas en el suelo explorado.
Este procedimiento ha sido abandonado por muchos países en el mundo, en primer lugar por necesitarse muchísima agua en cada procedimiento; esta agua se filtra en las napas junto con elementos químicos que se usan para la extracción, provocando contaminación de los reservorios de agua, que llegan a ríos y arroyos.
La mayoría de los elementos químicos que se usan son cancerígenos, afectando seriamente a la población que consume el agua en cuestión. También es factible que se produzcan pequeños movimientos de tierra, aun en zonas donde jamás hubo terremotos.
AMETRALLADORA PARA TODOS ELLOS... ÚNICA SOLUCIÓN...
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